Icono del sitio EL News de Venezuela

Barinas: RECUSAN A JUEZ DE JUICIO Y APELAN. DECISIÓN QUE ORDENÓ MANDATO DE CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PÚBLICA. CONTRA EL EDITOR DE LOS TIPS DE @ROBERTVERAZ

A Tempranas horas de la Mañana, Acudido el conocido Abogado y Editor de Los Tips de @robertveraz Robert Alvarado asistido por el abogado. Jameiro Aranguren para. Interponer y consignar dos recursos procesales contra el juez cuarto en funciones de juicio del circuito judicial penal del estado Barinas abogado. Carlos Raúl Aponte Cabeza quien de manera inexplicable. Decreto Mandato de Conducción para conducir por la fuerza pública al controversial comunicador social a las instalaciones del circuito judicial penal con el fin de imponerse de una querella acusatoria por el delito de difamación agravada, nos comentó el agraviado Recusante y Apelante. Dr. Robert. Alvarado que él ya estaba formalmente citado en ese tribunal y que solo. Las otras dos querelladas no se habían citados personalmente o por la vía cartelería en un diario de circulación nacional como lo estipula el procedimiento especial de los delitos de instancia de parte agraviada y nos sigue comentando el abogado y comunicador social. Que el juez Aponte Cabeza. No es juez de. Control y desconoce que él Fiscal del Ministerio Público es el legitimado activo para solicitar el mandato de conducción y el juez de control lo acuerda conforme al artículo. 292 del COPP por lo que la decisión del juez Recusado. Constituye un ataque a la libertad de información y de expresión y del uso de las redes sociales y se me trata de silenciar en mis publicaciones y esto es muy grave y constituye. Un error inexcusable de derecho está actuación desatinada del juez Aponte Cabeza por su doble acto usurpado ineficaz y de nulidad. Ya que se está usurpando las funciones de un juez de control y las del ministerio público.  Ya para concluir nos dice el abogado asistente el Dr. Jameiro Aranguren: Que simultáneamente se interpuso un recurso de apelación contra el acto interlocutorio que decretó. El Mandato de conducción. Contra su asistido delatando el motivo denunciado. Siendo una errónea e indebida aplicación de una norma jurídica contemplada en el artículo 292 del COPP lo cual va ser conocida y decidida y tramitada por la Corte de Apelaciones del circuito judicial penal del estado. Barinas. Ya que en una oportunidad por los mismos hechos, y mismos actores de la acusación privada contra el abogado Alvarado López la corte segunda de este circuito había decidido, ratificado y ordenado el archivo de las actuaciones. De la primera querella Desestimada, por falta de Requisitos de procedibilidad, que por cierto fue declarada por el juez recusado Aponte Cabeza constituyendo una cosa juzgada formal definitivamente. Firme la intentada fallidamente por la primera querellante, extinguiéndose la acción penal con respecto a los otros querellados y no haberla intentado en el lapso que consagra el procedimiento. Especial para este tipo de delitos de instancia de parte agraviada finalizó afirmando el Dr. Jameiro Aranguren

Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=PR9IsfpIM_k

Salir de la versión móvil