La organización no gubernamental Cecodap emitió una solicitud, instando al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a que permita la gratuidad de los pasaportes para niños, niñas y adolescentes.

Durante una conferencia de prensa, la organización recordó que el caso en torno a este tema lleva ocho años sin recibir respuesta, después de que la Sala Constitucional del TSJ lo cerrara alegando «pérdida de interés procesal y abandono del trámite».

Según denuncia Cecodap, esta situación deja a miles de niños, niñas y adolescentes en una situación de vulnerabilidad, ya que desde 2014 no han podido obtener un pasaporte debido a las tarifas impuestas por el Estado.

Ante esta situación, Carlos Trapani, coordinador general de Cecodap, anunció que han presentado nuevamente un recurso de colisión de normas ante el TSJ, en el cual exigen que se restablezca el principio de gratuidad para los pasaportes de los menores.

«El TSJ ha limitado las posibilidades de que los niños, niñas y adolescentes puedan ejercer su derecho a la identificación de manera gratuita. Cecodap ha seguido todos los procedimientos necesarios para presentar el recurso legal», declaró Trapani.

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Además, señaló que esta sentencia representa un retroceso y viola el derecho a la identificación, dejando a los niños, niñas y adolescentes en un estado de indefensión al no poder costear el pasaporte.

Cabe destacar que esta es la segunda vez que Cecodap busca iniciar un proceso de colisión de normas. La primera ocasión fue en 2015, después de que una reforma de la Ley de Timbre Fiscal publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.150 eliminara la gratuidad de los pasaportes para menores de 18 años. Con esta modificación, «una ley ordinaria contradice a una ley orgánica».

El artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) establece que todos los niños, niñas y adolescentes «tienen derecho a obtener los documentos públicos que confirmen su identidad, de acuerdo con la ley. El Estado debe garantizar programas o medidas dirigidas a asegurar la determinación de la identidad de todos los niños, niñas y adolescentes, incluyendo el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares».

Trapani criticó esta contradicción, afirmando que «una norma ordinaria no puede prevalecer sobre lo estipulado en la Lopna. Esta última establece principios que priorizan a los niños, niñas y adolescentes como un grupo vulnerable».

Por enrique

Enrique López Alfonzo Editor - Director Periodista de Investigación Premio Latinoamericano de Oro 2021 Email: info@theelnews.com

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