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Nuestro apoyo rotundo al periodista Seir Contreras, por Israel Prieto

 

“Las personas con derecho de voto deben ser libres de votar a favor de cualquier candidato y a favor o en contra de cualquier propuesta que se someta a referéndum o plebiscito, y de apoyar al gobierno u oponerse a él, sin influencia ni coacción indebida de ningún tipo que pueda desvirtuar o inhibir la libre expresión de la voluntad de los electores. Estos deberán poder formarse una opinión de manera independiente, libres de toda violencia, amenaza de violencia, presión o manipulación de cualquier tipo.”

Observación Nº 25 de 1961. Nº 19. Sobre el derecho de participación. Naciones Unidas CCPR/C/21/REV1/ADD7

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/TreatyBodyExternal/Download.aspx?symbolno=CCPR/C/21/Rev.1/Add.7&Lang=sp

Israel Prieto
Abg. Esp. DDHH
prieto76@gmail.com

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